FAQs

Preguntas Frecuentes

Te traemos en esta sección la respuesta a las preguntas más frecuentes que nos han hecho nuestros clientes en las consultorías y en los cursos, referente a regulación aeronáutica EASA.

Cada organización es diferente y el requisito normativo de EASA se puede implementar de diferentes maneras. Aquí mostramos lo que la norma dice literalmente. 

No dudes en hacernos cualquier consulta referente a normativa aeronáutica EASA.

Déjanos cualquier comentario si piensas que puede haber algún error en nuestra respuesta. O si crees que hay alguna otra opción que mejor refleje la respuesta. CONTÁCTANOS.

Son aquellos programas de mantenimiento los cuales no necesitan aprobación directa de AESA, sólo notificación.

Estos programas sólo aplican a aviones bajos los estándares de la Parte ML según la referencia ML.A.302.

El programa de mantenimiento de la aeronave y cualquier modificación posterior al mismo deberá, alternativamente:

1) ser declarado por el propietario en virtud de la letra c), apartado 7, del punto ML.A.302, cuando el mantenimiento de la aeronavegabilidad de la aeronave no está gestionado por una CAMO o una CAO;

2) ser aprobado por la CAMO o la CAO responsable del mantenimiento de la aeronavegabilidad de la aeronave.

Esto implica, que cualquier propietario u operador que contrate los servicios de una CAMO o una CAO para realizar el mantenimiento de la Aeronavegabilidad, no puedan realizar programas declarativos, ya que por el hecho de tener contratada la CAMO o CAO están obligados a la aprobación del Programa de Mantenimiento, bien por AESA, o por al propia CAMO o CAO si tiene un procedimiento en su memoria que se lo permita.

Nos referimos al término contratación cuando una organización A aprobada Parte 145 requiere a una organización B, la certificación de un trabajo de mantenimiento. Dicho trabajo está dentro del alance de la organización B aprobada Parte 145. La organización A contrata ese trabajo bien porque no está en su alcance, o aun estando requiere una tarea concreta.

Hablamos de subcontratación cuando la organización A aprobada Parte 145 para un alcance determinado, requiere la realización de ciertas tareas para las que no tiene capacidad, medios, personal o cualquier recurso, a una organización no aprobada Parte 145 en esa tarea. La organización B realiza los trabajos, pero bajo el sistema de calidad de la organización A. Es dicha organización A la que finalmente certifica el trabajo. La organización B debe cumplir con los mismo requisitos Parte 145 que la organización A. Es decir, la organización B sería como un taller anexo a la organización A, a la que la organización A debe aplicar los mismos requisitos que si de su organización se tratara.

Puedo contratar un trabajo o una tarea, de mi alcance o no.

Sin embargo, en la subcontratación, como finalmente es la organización A la que certifica, no puede subcontratar algo que no tiene en su alcance aprobado como Parte 145.

Las empresas subcontratadas pueden tener alguna aprobación Parte 145. Pero hay que entender que si lo que solicito está en la aprobación, es contratación, y si no lo está es subcontratación.

Nos referimos a “emplear” según define la Parte 145, como aquel trabajador que la organización contrata en su régimen de trabajadores. Dicho trabajador tiene una nómina o contrato laboral con la empresa.

Y entenderemos como contratación, aquel trabajador que está con contrato laboral en otra empresa, pero a la que le solicitamos unos trabajos.

AMC 145.A.30 d: employed means the person is directly employed as an individual by the maintenance organisation approved under Part-145, whereas contracted means the person is employed by another organisation and contracted by that organisation to the maintenance organisation approved under Part-145.

Las organizaciones con licencia de operador, AOC y CAT, bajo el reglamento CE 1008/2008, y las organizaciones que operan bajo trabajos especiales, las SPO (Specialised Operation)

Una ATO (escuela comercial), operaciones no comerciales (NCO, como pueden ser aeroclubs) o DTO (escuelas declarativas), la MEL no es obligatoria.

No. No hay ningún requisito en la Parte 145 que obligue a suscripción de documentación. Se establece que el dato de mantenimiento debe estar disponible y actualizado en el momento del mantenimiento.

No se establece requisito mandatorio de cómo se obtiene dicho dato. Lo que si es necesario y mandatorio es evidenciar que se dispone del dato en el momento del trabajo, y que dicho dato está en la revisión actual.

La organización en su memoria establece como realiza dicho control.

Requisito 145.A.45 a: The organisation shall hold and use applicable current maintenance data in the performance of maintenance, including modifications and repairs. ‘Applicable’ means relevant to any aircraft, component or process specified in the organisation’s approval class rating schedule and in any associated capability list.

In the case of maintenance data provided by an operator or customer, the organisation shall hold such data when the work is in progress, with the exception of the need to comply with point 145.A.55(c).

El AMC 145.A.45 a habla de un sistema que monitorice el estado de documentos que se vean afectados por una actualización del suscriptor del dato de mantenimiento. Esto se entiende que si el suscriptor enmienda una dato de mantenimiento, la orgaznaición debe tener controlado a que otros documentos de la organización afecta esa enmienda. No se entiende en ningún apartado del 145.A.45 que la suscripción sea mandatoria por ninguna de las partes.

AMC 145.A.45 g: To keep data up-to-date, a procedure should be set up to monitor the amendment status of all data and maintain a check that all amendments are being received by being a subscriber to any document amendment scheme. Special attention should be given to TC related data such as certification life-limited parts, airworthiness limitations and Airworthiness Limitation Items (ALI), etc.

De la misma manera que en la Parte 145, la Parte M, Parte ML, Parte CAMO y Parte CAO no tienen ningún requisito en el que la documentación de mantenimiento sea mandatorio tenerla bajo suscripción, es una opción aceptada.

Es mandatorio tener la documentación actualizada durante la duración del contrato entre operador/cliente y CAMO o CAO.

AMC M.A.401c, punto 5: Maintenance data should be kept up to date by:

— subscribing to the applicable amendment scheme,

— checking that all amendments are being received,

— monitoring the amendment status of all data.

CAMO.A.325: The organisation shall hold and use applicable current maintenance data in accordance with point M.A.401 of Annex I (Part-M) or point ML.A.401 of Annex Vb (Part-ML), as applicable, for the performance of continuing airworthiness tasks referred to in point CAMO.A.315 of this Annex (Part-CAMO). That data may be provided by the owner or the operator, subject to an appropriate contract being established with such an owner or operator. In such case, the continuing airworthiness management organisation shall only keep such data for the duration of the contract, except when otherwise required by point CAMO.A.220(a).

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